Micelio
Auto8 de marzo de 2017

A- de 2017

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Ivan Humberto Escruceria Mayolo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento De Magistrado
  • Aceptar impedimento manifestado por magistrado de la Corte Constitucional por cuanto accionante del proceso participó en su designación y elección como magistrado encargado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Plena de la Corporación declara que en el proceso de tutela de la referencia, promovido por el doctor Alberto Rojas Ríos contra la Sala Quinta del Consejo de Estado, el Magistrado ( e) Iván Humberto Escrucería Mayolo se encuentra incurso en la causal de impedimento establecida en el artículo 126 de la Constitución Política.

Con base en lo anterior, decide aceptar el impedimento formulado.

Así mismo, resuelve separar al precitado Magistrado del conocimiento del proceso de tutela mencionado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DECLARAR que en el proceso de tutela T-5.027.021 promovido por Alberto Rojas Rios contra la Sala Quinta del Consejo de Estado, el magistrado (e) Ivan Humberto Escruceria Mayolo se encuentra incurso en la causal de impedimento establecida en el articulo 126 de la Constitucion Politica, y en consecuencia se ACEPTA el impedimento formulado.
  2. SEGUNDO. SEPARAR al magistrado (e) Ivan Humberto Escruceria Mayolo del conocimiento del proceso correspondiente a la accion de tutela cuyo impedimento se acepta en los terminos de esta providencia.
  3. TERCERO. Contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.